Un abogado explica cuáles son las obligaciones de los padres de familia con sus hijos y qué pasa cuando cumplen 18 años y deciden no estudiar.
¿Tienes más de 18 años y no quieres estudiar? Si este es tu caso probablemente tengas algunos conflictos con tus padres y te estás haciendo la pregunta: ¿hasta cuándo puedo vivir bajo su techo y demandar pensión de alimentos?
Según el artículo 472 del Código Civil, los padres tienen la obligación con sus hijos no solo de proveerles de los alimentos y la educación sino también, de una habitación hasta los 18 años de edad, o sea cuando cumplen la mayoría de edad. No obstante, el tiempo puede extenderse.
“Si el hijo lleva estudios con éxito, su derecho se extiende hasta los 28 años. Si a pesar de ello, los hijos no desocupan la vivienda, los padres tienen el derecho de demandar el desalojo”, refiere el abogado Frank Acevedo.
¿A qué se refiere cuando se dice “estudios con éxito” en pensión de alimentos?
La abogada Tania Pereyra menciona que es cuando «alcanzan notas superiores y tienen un óptimo rendimiento académico»; el inconveniente con esta definición es que es igual de imprecisa que el término legal. Por lo que debe recaer en el criterio del juez dicha evaluación.
Cabe indicar que a partir de los 18 años ya eres una persona mayor de edad y ya puedes irte de la casa. Si optas por llevar estudios superiores, sí puedes demandar a tus padres una pensión de alimentos.
Sin embargo, si decides no estudiar, puedes trabajar y atender tus propias necesidades. Acevedo recuerda que la única condición para exigir a los padres a que sigan manteniendo a sus hijos, es que ellos cursen estudios superiores con buenas calificaciones.
¿A qué están obligados los padres de familia?
El artículo 423 del Código Civil señala que son deberes de los padres, lo siguiente:
- Proveer el sostenimiento y educación de sus hijos.
- Dirigir el proceso educativo de sus hijos, conforme a su vocación.
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